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domingo, 15 de abril de 2012

Reunión Comision contra Violencia Racismo Xenofobia e Intolerancia en el Deporte,


La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, reunida en el Ministerio del Interior, ha propuesto una multa muy grave de 60.001 euros al Sevilla F.C., SAD por desobedecer en reiteradas ocasiones y durante la presente temporada las indicaciones de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte que instaban a club sevillano a cumplir la normativa vigente para evitar el acceso al estadio con bengalas y botes de humo que atentan contra la seguridad de los aficionados en el interior de un recinto deportivo.

La Comisión recuerda que el pasado 19 de enero el Sevilla F.C., SAD ya fue propuesto para sanción con 6.500 euros al no impedir que en el partido Sevilla F.C., SAD – R.C.D. Espanyol de Barcelona, SAD, fueran introducidos y posteriormente activados un bote de humo y una bengala en el interior del recinto deportivo, ya que entonces era la sexta vez en cinco meses que llevábamos de temporada que se producían hechos similares en el interior de su estadio, todas ellos propuestas para sanción por esta Comisión.

Ya entonces, la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte se dirigió a la Liga de Fútbol Profesional (LFP) para notificarles tales hechos que, por su gravedad, atentan contra la seguridad de los aficionados e infringen la Ley del Deporte.

Asimismo, la Comisión Permanente ha propuesto otra serie de sanciones a varios aficionados de las que se enumeran las más significativas:
Liga Europa
--- Multa de 6.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los seis aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Hannover 96 participaron en una pelea violenta contra varios aficionados del equipo visitante.
Liga de Campeones

--- Multa de 3.500 euros al Real Madrid C.F., por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores durante el partido Real Madrid C.F. – Apoel Nicosia al no impedir que fueran introducidas varias bengalas que posteriormente fueron encendidas en el interior del recinto deportivo.
Primera División (Jornada 31)

--- Multa de 10.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los cinco aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, en el partido Club Atlético Osasuna – Real Madrid C.F., se dirigieron en el interior del recinto deportivo hacia un grupo de aficionados visitantes –entre ellos menores de edad- profiriendo gritos y graves insultos, y con actitud violenta y amenazadora forcejearon con ellos arrebatándoles en dos ocasiones las banderas de su equipo que habían colocado en una de las gradas del estadio provocando una grave alteración del orden público.

Segunda División (Jornada 32)
--- Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a cada uno de los cuatro aficionados identificados quienes, durante el partido C.D. Guadalajara, SAD – A.D. Alcorcón insultaron gravemente a los agentes policiales jaleando al resto de los aficionados de la grada con el fin de impedir la labor policial.

--- Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, en el partido C.D. Alcoyano – C.E. Sabadell F.C., SAD escupió a uno de los jueces de línea y mantuvo en todo momento una actitud agresiva y violenta con el resto de los aficionados -entre los que había menores de edad- en el interior del recinto deportivo.

---Multa de 3.250 euros al C.D. Alcoyano por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores durante el partido C.D. Alcoyano – C.E. Sabadell F.C., SAD, al no impedir que se introdujeran bebidas alcohólicas en el interior del recinto deportivo.

--- Multa de 3.250 euros al Córdoba C.F., SAD por permitir, durante la celebración del encuentro Córdoba C.F., SAD – Hércules C.F., SAD, la entrada al recinto deportivo de aficionados sin realizar el más mínimo control de seguridad a las personas que accedían al estadio.

Segunda División B – Grupo I (Jornada 32)
--- Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a cada uno de los dos aficionados identificados quienes, en el partido U.B. Conquense – R.S.D.Alcalá se dirigieron hacia la afición visitante con actitud agresiva y amenazante, graves insultos y gestos obscenos.
Segunda División B – Grupo I (Jornada 33)

--- Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido C.D. Leganés, SAD – U.D. San Sebastián de los Reyes se acercó a los agentes policiales para increparles y entorpecer la labor de policial profiriendo contra ellos graves insultos y amenazas haciendo caso omiso a las indicaciones de los policías para que depusiera su actitud.

Segunda División B – Grupo I (Jornada 33)
--- Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido C.D. Leganés, SAD – U.D. San Sebastián de los Reyes insultó gravemente y mantuvo una actitud agresiva y violenta con otros aficionado haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes policiales para que cesara en su actitud.
Segunda División B – Grupo III (Jornada 33)

--- Multa de 3.001 euros al Andorra C.F. por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores durante el partido Andorra C.F. – C.D. Teruel al no impedir que al final del partido se produjera la invasión del terreno de juego.

Segunda División B – Grupo IV (Jornada 33)
--- Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido Real Balompédica Linense – Real Betis Balompié SAD “B” provocó en reiteradas ocasiones a los policías, al trío arbitral y a los jugadores del equipo visitante profiriendo graves insultos, amenazas y bebiendo una lata de cerveza con alcohol, haciendo caso omiso a las indicaciones de los agentes policiales para que depusiera su actitud.
--- Multa de 3.001 euros al Real Balompédica Linense por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores durante el partido Real Balompédica Linense – Real Betis Balompié SAD “B” al no impedir que fuera introducida una lata de cerveza con alcohol en el interior del recinto deportivo.
Balonmano
--- Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido Reale Ademar de León – Cuatro Rayas Balonmano lanzó un palo de una bandera que impactó en el respaldo de las sillas ocupadas por los aficionados del equipo visitante.

Declaración de partidos de alto riesgo
Además, la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte recuerda que han quedado declarados de alto riesgo el encuentro de Primera División Rayo Vallecano de Madrid, SAD - Club Atlético de Madrid, SAD y el partido de Segunda División R.C. Celta de Vigo, SAD – R.C.D. La Coruña, SAD, que se disputarán este fin de semana.
Declaración de alto riesgo
Primera División
Rayo Vallecano de Madrid, SAD - Club Atlético de Madrid, SAD
Segunda División
R.C. Celta de Vigo, SAD – R.C.D. La Coruña, SAD

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