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martes, 13 de mayo de 2014

El Tribunal Supremo ratifica condena a Trinitarios Organización Criminal

La sentencia ratifica las condenas a los siete miembros de los Trinitarios por torturar a un compañero que se alejó del grupo y empezó a frecuentar otro rival

La Sala de lo Penal reconoce que hasta la reforma de 2010, el artículo 515 del Código Penal, que castiga las asociaciones ilícitas, “vino actuando como un cajón de sastre porque no había regulación específica para grupos u organizaciones criminales.
Tanto es así que incluía, hasta la reforma, el delito de terrorismo”. En la reforma citada se incluye un nuevo articulo del Código Penal, el 570 bis, que castiga las organizaciones criminales, donde encaja la actividad de los trinitarios en este caso, lo que supone mayor pena que considerarlos asociación ilícita.
La sentencia ratifica las condenas a los siete miembros de los Trinitarios por torturar a un compañero que se alejó del grupo y empezó a frecuentar otro rival. La Audiencia provincial de Barcelona impuso penas de  nueve años y dos meses de prisión a los dirigentes de la banda latina que ordenaron el castigo y de hasta siete años y dos meses de prisión a los “soldados” que lo ejecutaron.
Los condenados grabaron una “X” en la espalda del disidente con un cuchillo de cocina y repasaron el corte para hacerlo más profundo y aumentar el dolor de la víctima, que necesitó 83 grapas de sutura. También le dieron hasta 90 tablazos en las nalgas, en la espalda y en las piernas como castigo por su traición. Después le dijeron “da gracias que te hemos dado tabla y marcado y no te hemos matado”.

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