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viernes, 9 de mayo de 2014

Reunión Comision contra Violencia Racismo Xenofobia e Intolerancia en el Deporte 08/05/2014

La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, en la reunión celebrada hoy en la sede del Ministerio del Interior, ha adoptado por unanimidad los siguientes acuerdos:


En relación con los incidentes racistas ocurridos en el encuentro Villarreal-FC Barcelona del pasado 27 de abril de 2014, la Comisión ha decidido proponer una sanción de 6.000 euros, y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años, al espectador que lanzó un plátano a Daniel Alves. 

En relación con este hecho, a la vista de la información complementaria de que dispone la Comisión, también ha acordado recurrir ante el Tribunal Administrativo del Deporte la sanción de 12.000 euros impuesta por el Comité de Competición de la RFEF al Villarreal CF. En este sentido, la Comisión no comparte el contenido de dicha resolución sancionadora, hecha pública por los medios de comunicación, y considera que debe ser revisada dada la gravedad del hecho que la origina.


Por lo que se refiere a los incidentes acontecidos con motivo de la celebración de la final de la Copa de Rey se han acordado numerosas propuestas de sanción en función de la información recibida. No obstante, la Comisión, preocupada con la posibilidad de que hubieran existido incidentes de tipo racista, como así ha denunciado algún medio de comunicación, ha acordado dirigirse a la RFEF, organizador de dicho encuentro, para que remita toda la información disponible y, en su caso, proponer las sanciones pertinentes.

Al objeto de llevar a cabo un debate en profundidad tras detectarse un incremento en número y gravedad de los incidentes de tipo racista, la Comisión ha decidido iniciar los trámites necesarios para la convocatoria de un Pleno de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.
Por otra parte, la Comisión ha declarado de Alto Riesgo el partido: U.D. LAS PALMAS, SAD-C.D. TENERIFE SAD, correspondiente a la 38ª jornada de Segunda División.


Asimismo, la Comisión ha acordado diversas propuestas de sanción, entre las que cabe destacar las siguientes:
SEVILLA F.C. SAD – F.C. OPORTO, Europa League, 10-04-14
MULTA de 10.000 euros, y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años, al aficionado visitante que participó en agresiones a funcionarios de policía, identificado como miembro de un grupo radical y peligroso.
VALENCIA C.F. SAD – F.C. BASILEA, Europa League, 10-04-14
MULTA de 3.500 euros al Valencia C.F. SAD, por Deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que se introdujeran una lata de cerveza con alcohol.
HC LICEO – OPORTO, Copa Europea Hockey Patines, 12-04-14
MULTA de 6.000 euros, y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años, a los (6) seis identificados, y detenidos, que apedrearon un autocar con matricula de Portugal, causando daños de consideración y lesiones en cinco ocupantes del mismo,
REAL BETIS BALOMPIE SAD – SEVILLA F.C. SAD, Primera División, 13-04-14
MULTA de 3.500 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de doce meses al denunciado por bloquear la entrada y salida al Anfiteatro del estadio, y no atender los requerimientos policiales, provocando algunas avalanchas en el Vomitorio
VALENCIA C.F. SAD – ELCHE C.F. SAD, Primera División, 13-04-14
MULTA de 65.000 euros (Art. 24.1.c) y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de cinco años, al espectador visitante que, al ser identificado mientras profería insultos contra aficiones contrarias, se confirma que tiene en vigor una prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo.
C. ATL. DE MADRID SAD – CHELSEA F.C., Liga de Campeones, 22-04-14
MULTA de 3.500 euros (Art. 24.1.a) y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de seis meses, por golpear violentamente a un vigilante de seguridad, y resistirse los agentes policiales.
MULTA de 3.500 euros al C. ATL. DE MADRID SAD, por Deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que dos aficionados invadieran el terreno de juego.
REAL MADRID C.F. – BAYER DE MUNICH, Liga de Campeones, 23-04-14
MULTA de 3.500 euros (Art. 24.1.b) y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de seis meses, al identificado y detenido por insultos y agrediendo a personas que en las inmediaciones del estadio, así como resistencia y agresiones a los agentes policiales que le identificaron.
SEVILLA F.C. SAD – VALENCIA C.D. SAD, Europa League, 24-04-14
MULTA de 3.500 euros (Art. 24.1.b) y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de doce meses, al espectador que intenta entrar en sector del estadio, ya completamente lleno de público, ofreces resistencia y empuja al agente y a varias personas que caen rodando escaleras hacía bajo.

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